RESUMEN TEMA 2

TEMA 2 – Las necesidades educativas de la sociedad actual. El concepto de educación como un proceso permanente**


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## **1. Introducción**


La educación se configura hoy como un elemento esencial para el bienestar individual y colectivo. Según la LOE reformada en 2020, la educación contribuye al desarrollo integral de la persona en sus dimensiones cognitivas, afectivas y axiológicas, y actúa como un mecanismo de cohesión social al transmitir y renovar la cultura, promover la solidaridad, garantizar la convivencia democrática y evitar la discriminación .


Todos los sistemas educativos se han visto obligados a adaptarse a las transformaciones de las sociedades contemporáneas. Así, tras la universalización de la educación primaria durante los siglos XIX y XX, el reto actual consiste en la generalización de la educación secundaria postobligatoria. La Unión Europea establece el compromiso de que para 2030 al menos el 95 % de la población adulta cuente con un título de enseñanza secundaria superior, especialmente en zonas rurales o insulares .


Paralelamente, organismos internacionales como la UE y la UNESCO han impulsado metas relacionadas con la formación permanente, la capacitación docente, la sociedad del conocimiento, el acceso a las tecnologías y la igualdad de oportunidades. Esta evolución conduce inevitablemente al concepto de **educación permanente**, que se ha convertido en uno de los principios rectores de los sistemas educativos modernos.


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## **2. Sociedad y educación**


La relación entre sociedad y educación es dinámica y bidireccional. Las sociedades generan mecanismos formales e informales para transmitir su cultura y preparar a las nuevas generaciones. Históricamente, esta transmisión perseguía dos fines fundamentales:


1. **Preservar los valores, normas y pautas de comportamiento** que garantizan la continuidad del orden social.

2. **Formar personas críticas**, capaces de adaptarse a los cambios del entorno y contribuir a la mejora de la sociedad .


En el contexto actual, la globalización, la sociedad de la información, el creciente peso del conocimiento y la irrupción de la tecnología han complejizado este vínculo. La educación se enfrenta a nuevos desafíos: formación para empleos cambiantes, desarrollo de competencias digitales, prevención de brechas sociales y de género, fomento del desarrollo sostenible, y promoción de la diversidad cultural y la inclusión .


Los centros educativos deben diseñar situaciones de aprendizaje que combinen:


* manejo crítico de información externa,

* adquisición de valores democráticos,

* respeto medioambiental,

* cooperación,

* reducción de desigualdades sociales y de género .


Asimismo, el profesorado y los Inspectores de Educación adquieren un papel clave en la orientación, supervisión y asesoramiento para el cumplimiento de estos objetivos .


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## **3. La Educación Permanente: visión retrospectiva y normativa actual**


### **3.1. Aproximación conceptual**


La **educación permanente** se presenta como una conquista del mundo contemporáneo. Aunque existieron antecedentes en la Antigüedad (Platón) y la Edad Moderna (Comenio, Condorcet), su consolidación se produce en el siglo XX de la mano de la UNESCO, el Consejo de Europa y la OCDE .


La educación permanente se justifica en un contexto de cambio acelerado. En palabras de Pérez Serrano, vivimos en un mundo donde “lo único estable es el cambio”, y ello demanda una constante renovación de conocimientos para evitar la obsolescencia cultural y profesional .


### **3.2. Orígenes y desarrollo**


La evolución del concepto pasa por tres etapas principales:


1. **Primera etapa:** formación centrada en la educación de adultos, con límites respecto a la educación de jóvenes.

2. **Segunda etapa:** se percibe la continuidad entre educación de jóvenes y de adultos.

3. **Tercera etapa:** el concepto se amplía, abarcando toda la vida humana y trascendiendo la escolaridad como única vía de aprendizaje .


A partir de los años 70, documentos como *Education Permanente* (Legrand, 1970) y las publicaciones del Consejo de Europa (1973) definen la educación permanente como un modelo global que integra toda la educación y promueve la igualdad de oportunidades .


### **3.3. Principios de la Educación Permanente**


Entre los principios fundamentales destacan:


* **Continuidad:** se extiende a toda la vida.

* **Integralidad:** considera todas las dimensiones de la persona.

* **Organización sistémica:** actúa como principio integrador de la educación formal, no formal e informal.

* **Globalidad:** abarca todas las ramas del saber y todos los agentes educativos.

* **Democracia:** garantiza el derecho universal a aprender a lo largo de la vida.

* **Dinamismo y flexibilidad:** se adapta a los cambios sociales.

* **Apertura:** rompe límites de tiempo, espacio y modalidad de aprendizaje.

* **Principio ordenador del pensamiento:** permite interpretar, organizar y aplicar conocimientos de forma autónoma  .


### **3.4. Perspectiva actual: organismos internacionales**


El papel de la Unión Europea ha sido determinante:


* **Libro Blanco (1997):** necesidad de educación y formación durante toda la vida .

* **Informe Delors (1996):** aprendizaje a lo largo de la vida basado en los cuatro pilares:

  *aprender a conocer, aprender a hacer, aprender a vivir juntos y aprender a ser* .

* **Año Europeo de la Educación y Formación Permanente (1996).**


El Consejo y Parlamento Europeos consideran la educación permanente piedra angular para el empleo, la competitividad, la participación social y la innovación .


En 2020 la UE reafirma un modelo de aprendizaje permanente que garantice:


* itinerarios flexibles,

* permeabilidad entre niveles,

* validación de aprendizaje no formal e informal,

* capacitación digital,

* movilidad académica y profesional,

* formación profesional moderna y de alta calidad .


### **3.5. La educación permanente en la normativa española**


Varios textos normativos la recogen:


#### **a) LODE (1985)**


Reconoce el derecho de todos a acceder a niveles superiores sin discriminación de tipo económico, social o territorial .


#### **b) Ley Orgánica de Educación (LOE 2006 y reforma 2020)**


El preámbulo vincula la formación con un proceso permanente y la necesidad de actualizar conocimientos ante los cambios sociales y laborales. También justifica la atención especial a jóvenes y adultos, combinando estudio, trabajo y otras actividades .


Incluye referencias explícitas:


* **Art. 39 FP:** actualización permanente de competencias y adaptación a cambios del mercado laboral .

* **Art. 66 EPA:** adquisición y renovación permanente de conocimientos, validación de aprendizajes y uso de TIC en formación a distancia .

* **Art. 69:** la oferta a distancia debe garantizar la formación permanente.


La LOE entiende la educación permanente como aprendizaje a lo largo de la vida, y no limitada solo a la educación de adultos.


#### **c) Ley de Educación de Castilla-La Mancha (2010)**


Refuerza la educación permanente como parte del servicio educativo público y la vincula estrechamente con la educación de adultos y las enseñanzas postobligatorias.


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## **4. Conclusiones**


La educación permanente constituye una herramienta esencial para:


* fomentar la cohesión social,

* garantizar la igualdad de oportunidades,

* promover el progreso individual y colectivo,

* responder a los retos de la sociedad del conocimiento,

* formar ciudadanos capaces de aprender autónomamente a lo largo de la vida .


La sociedad contemporánea exige sistemas educativos flexibles, inclusivos y adaptables, capaces de ofrecer aprendizaje continuo a todas las personas. La normativa española y europea incorpora esta visión, extendiendo la formación a lo largo de todas las etapas vitales y reconociendo los aprendizajes adquiridos en distintos contextos.


En este marco, el papel del profesorado y de la Inspección de Educación se vuelve determinante para el diseño y supervisión de actuaciones que permitan hacer efectivo este principio rector del sistema educativo actual.


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